Prestar servicios de ingeniería no es ceder know-how
Los ingresos de contratos de servicios de ingeniería no son cesión de know-how y no pueden acogerse a la reducción por intangibles del art. 23 TRLIS.
Leer en la fuente oficial (DYCTEA)
Qué dice. Con el régimen anterior, que todavía incluía el know-how, una sociedad aplicaba la reducción del art. 23 TRLIS a ingresos de acuerdos de prestación de servicios de ingeniería. El TEAC lo rechaza: esos servicios no pueden asimilarse a la cesión de know-how, y los ingresos tienen una base contractual clara en la prestación de servicios, a la que no alcanza el beneficio fiscal.
Por qué importa. La reducción premia la explotación de un intangible, no el trabajo de quien lo usa para prestar servicios; el contrato tiene que reflejar una cesión real.