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Novedades / Consignación y aplicación

consulta vinculante · Dirección General de Tributos · V1718-24 ·

Tributos mantiene su criterio tras la sentencia del Supremo

Pese a la STS de octubre de 2023, Tributos sigue exigiendo que la deducción conste en la autoliquidación del período de generación y que, si no, se rectifique antes de que prescriba.

Leer en la fuente oficial (Consultas vinculantes)

Qué dice. Una empresa detectó en 2021 deducciones de I+D+i de 2019 y 2020 que no había consignado y preguntó si podía aplicarlas en 2023 sin rectificar. Tributos analiza la STS 1318/2023 y concluye que su razón de decidir fue la vinculación de las consultas favorables vigentes en aquellos ejercicios. Su criterio se mantiene inalterado: la empresa debe instar la rectificación de las autoliquidaciones de 2019 y 2020 mientras no haya prescrito el derecho.

Por qué importa. Para las autoliquidaciones posteriores al 24 de junio de 2022, consignar en origen sigue siendo la vía segura.

Fuentes

  1. Consulta vinculante DGT V1718-24, de 11 de julio de 2024 · verificada el 17 de octubre de 2026
  2. STS 1318/2023, de 24 de octubre (Tribunal Supremo, Sala 3.ª, Secc. 2.ª, rec. cas. 6519/2021; ECLI:ES:TS:2023:4355) · verificada el 25 de julio de 2026

Comentario divulgativo, no asesoramiento sobre un caso concreto.