Porcentajes de deducción
Cuánto se deduce por I+D y por innovación tecnológica en el régimen general, tramo a tramo.
Objetivo Podrás aplicar cada porcentaje de deducción del régimen general a su propia base.
- Lección
- 10 de 16
- Nivel
- Base
- Tiempo
- 4 min
ConceptosPorcentajes de deducciónExceso sobre la mediaPersonal investigador
| Concepto | Porcentaje |
|---|---|
| Gastos de I+D del período | 25 % |
| Exceso sobre la media de gasto de los dos años anteriores | 42 % (solo sobre ese exceso) |
| Personal investigador cualificado adscrito en exclusiva a I+D | 17 % adicional |
| Inmovilizado afecto en exclusiva a I+D (sin edificios ni terrenos) | 8 % |
| Gastos de innovación tecnológica | 12 % |
Cada porcentaje se aplica a su propia base. El 42 % no es el porcentaje de la I+D: es el del tramo de gasto que supera la media de los dos ejercicios anteriores.
Lo que se genera no siempre se aplica en el año: la cuota tiene límites, y lo que no cabe se arrastra (ver Límites y plazo de aplicación).
Tarjetas
- Exceso sobre la media — Tramo del gasto en I+D que supera la media de los dos años anteriores; solo sobre él se aplica el 42 %.
- Deducción adicional por personal investigador — Un 17 % adicional por el personal investigador cualificado adscrito en exclusiva a actividades de I+D.
Autoevaluación
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